La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa No. 100-000002 de 2025 (la “Circular”) dirigida a las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras, empresas unipersonales supervisadas, entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia y cámaras de comercio (los “Sujetos Obligados”), en la cual se establecen los plazos para la presentación de la “Información no Financiera”.
Destacamos que la Circular elimina el Informe 42-Informe de Prácticas Empresariales, el cual se integra dentro del Informe 08-Reporte de Sostenibilidad, que incluye el formulario de “Gobernanza”, donde se abordan los temas relacionados con gobierno corporativo y se evalúa el grado de aplicación de la ética, la transparencia y la forma cómo se toman las decisiones por parte de las entidades empresariales.
La presentación de la Información No Financiera comprende:
Informe 75 – SAGRILAFT, RMM y PTEE.
Informe 58 – Oficiales de Cumplimiento.
Informe 08 – Reporte de Sostenibilidad.
Informe 67 – Sociedades BIC.
Presentación de la información: los informes se deben diligenciar por parte de los Sujetos Obligados en el aplicativo XBRL Express.
Documento adicional: la sociedad que voluntariamente presente el Informe 08-Reporte de Sostenibilidad, debe remitir un documento adicional denominado “Constancia Reporte de Sostenibilidad”.
Es importante resaltar que el Reporte de Sostenibilidad es de carácter voluntario, por lo que su no presentación no conlleva sanciones. Sin embargo, presentar este reporte es una excelente práctica que refleja el compromiso de las empresas con la transparencia y la sostenibilidad.