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Explorando el panorama regulatorio para la integración del hidrógeno en la matriz energética de Colombia

El pasado 10 de marzo de 2025, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (“CREG”) publicó la Circular No. 138 de 2025, que contiene el documento CREG No. 905-001-2025 de consulta para las personas interesadas en el estudio, avance y consolidación de información acerca del hidrógeno en Colombia, en especial sobre su importancia en la matriz energética nacional.

Este documento constituye un paso significativo para comprender y definir el papel futuro del hidrógeno en la transición energética y la sostenibilidad en Colombia.

¿Qué encontrará en el documento?

  • La cadena de valor del hidrógeno: desde su producción, destacando la transición del hidrógeno “gris” basado en combustibles fósiles al hidrógeno “verde” renovable a partir del proceso de electrolisis, hasta su almacenamiento, transporte y uso en sectores como la industria, movilidad y más.
  • Lecciones internacionales: se analizan las experiencias regulatorias de países y grupos de países clave: la Unión Europea, Australia, Estados Unidos y Chile, ofreciendo perspectivas valiosas para la estrategia que busca implementarse en Colombia.
  • El estado actual del hidrógeno en Colombia: el documento resume el marco legal y normativo actual, destacando las leyes y decretos que posicionan al hidrógeno como una fuente de energía limpia y los esfuerzos de las autoridades del orden nacional, como la Hoja de Ruta del Hidrógeno.
  • Áreas clave para la integración: la CREG identifica sectores cruciales como la electricidad y el gas natural, además de explorar usos en otros campos como la movilidad y la industria, buscando soluciones para los desafíos legales y regulatorios que presenta esta nueva fuente energética.

La consulta pública es una oportunidad para que los actores del sector contribuyan a la construcción de un marco normativo sólido que permita consolidar al hidrógeno como un pilar de la transición energética en Colombia.

Los interesados en enviar comentarios podrán hacerlo dentro de los tres (3) meses siguientes a la publicación del documento en la página web de la CREG. Para más detalles sobre el documento CREG No. 905-001-2025, visite el siguiente enlace.

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