El Gobierno expidió el Decreto 0175 de 2025 (el “Decreto”), mediante el cual adopta medidas tributarias para atender los gastos del Presupuesto General de la Nación debido a la declaratoria de conmoción interior en la región del Catatumbo.
- IVA para juegos de azar en línea. Se establece el impuesto sobre las ventas (IVA) para los juegos de azar operados exclusivamente por internet, ya sean nacionales o extranjeros.
- Impuesto especial para el Catatumbo. Se crea el impuesto temporal que grava la extracción de hidrocarburos y carbón dentro del territorio nacional. El hecho gravable es la primera venta dentro o desde el territorio nacional de hidrocarburos y carbón (partidas arancelarias 27.01 y 27.09) y la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque al resto del mundo de hidrocarburos y carbón y la tarifa del impuesto es del 1%.
- Modificación temporal del impuesto de timbre nacional. Se modifica la tarifa para documentos públicos y privados pasando del 0% al 1%. El Decreto no modifica ningún otro de los elementos del impuesto de timbre, por lo que aplican las condiciones previstas en el artículo 519 y siguientes del Estatuto Tributario. Igualmente, continúan vigentes los documentos que se encuentran exentos del impuesto de acuerdo con el artículo 530 del Estatuto Tributario.