El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ha publicado para comentarios el proyecto de Resolución que reglamenta los Bancos de Hábitat como mecanismo de implementación para las inversiones forzosas de no menos del 1%, así como para las compensaciones del componente biótico.
Este proyecto normativo deroga la Resolución 1051 de 2017 que regula la materia.
Los Bancos de Hábitat son aquellas áreas en las que se podrán realizar actividades de preservación, restauración, rehabilitación, recuperación y/o uso sostenible para la conservación de la biodiversidad. A través de la implementación de prácticas sostenibles y la restauración activa, los bancos de hábitat contribuyen a la resiliencia de los ecosistemas, protegiendo así la biodiversidad frente a las amenazas del cambio climático.
Es importante mencionar, que el proyecto de resolución indica que cuando los cupos por biodiversidad sean utilizados para el cumplimiento de obligaciones ambientales, el pago por desempeño será reconocido cuando la autoridad ambiental competente emita pronunciamientos mediante conformidades y/o actos administrativos en donde se verifique y valide que las actividades han sido efectivas en el marco de cumplimiento de la obligación forzosa del 1% y de compensaciones ambientales.
El proyecto de resolución trae consigo diversos capítulos, entre ellos i) definiciones, ii) principios que orientan el funcionamiento de los Bancos de Hábitat, iii) requisitos para el registro del Banco de Hábitat, iv) procedimiento para el registro del Banco de Hábitat.
El MADS ha establecido que el plazo máximo para presentar observaciones, comentarios y propuestas al proyecto, será el viernes 25 de octubre de 2024.
Para consultar el proyecto de resolución y obtener más información, ingrese al siguiente enlace.